Alta en Padrón de Habitantes
El Padrón de Habitantes, es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio, a todos los efectos administrativos.
Los menores de edad no emancipados, y los mayores incapacitados, tendrán la misma vecindad que sus padres o tutores legales, salvo autorización de éstos para residir en otro domicilio, y en su defecto la de sus representantes legales.
En caso de nacimientos se tramitan de oficio por comunicación del Instituto Nacional de Estadística o a petición de los padres presentando el libro de familia.
Para empadronarse es preciso cumplimentar una hoja de empadronamiento y aportar la documentación que acredite tu identidad y el derecho al uso de la vivienda. La documentación a aportar puede variar, dependiendo de la causa del empadronamiento (cambio de domicilio, alta por nacimiento o modificación de datos)
Más información en:
Ayuntamiento de Gascones
Plaza de la Constitución, nº 1
Teléfono: 918 680 572
Forma de iniciación:
A petición del interesado.
Documentación a aportar
Documentación general:
Hoja de inscripción padronal: firmada por todos los mayores de edad que se inscriban. En el caso de menores, la firma de ambos padres, acompañando documento de identidad de éstos.
Hoja de inscripción padronal en otros idiomas
Documentos personales
Original vigente del D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia
Libro de Familia (para menores)
Documentos de la vivienda:
Original escritura de propiedad
Original del contrato de arrendamiento vigente y último recibo del pago del mismo
Original de factura actual de suministro de teléfono fijo, agua, luz o gas (no sirven los justificantes de entidades bancarias).
Otros supuestos
En caso de no ser titular de la vivienda, además de los documentos personales, debe aportar autorización del titular de la vivienda acompañada de fotocopia del Documento de Identidad y de alguno de los documentos de la vivienda mencionados más arriba.
Si el interesado no figura empadronado en ningún municipio o consulado, deberá firmar impreso de Declaración por Omisión.
En el caso de altas de menores, deberán aportar documentación según siguientes supuestos:
Altas de menores con padres separados o un solo tutor
Fotocopia de documentos judicial que acredite la custodia
DNI del tutor/es legal/es.
Altas de menores en domicilio distinto de sus padres o tutores
Autorización de ambos padres o tutores acompañando documento de identidad de éstos.
Si el menor se empadrona con uno solo de los padres, autorización del otro y su documento de identidad.
Otros datos de interés
Si se modifican sus datos personales como nacionalidad, estudios, obtención del DNI, en caso de menores o cualquier otro que afecte a su empadronamiento deberá comunicarlo.
Cómo puedo hacerlo:
Presencial en el Ayuntamiento de Gascones
Baja en Padrón de Habitantes
La baja en el Padrón de Habitantes se producen de forma automática, al procesar los Ayuntamientos, los ficheros recibidos del Instituto Nacional de Estadística (INE) que, entre otros, contiene los registros de las personas que figuraban empadronadas en el Ayuntamiento, y se han dado de alta en otro municipio o Consulado.
Los Ayuntamientos y Consulados, están obligados a comunicar al INE, todos los movimientos que se han producido en sus padrones, en los diez primeros días del mes posterior al que se hayan producido.
Las bajas pueden producirse por:
Defunción:
Se produce por comunicación del Instituto Nacional de Estadística, pero también pueden tramitarse por petición de un familiar.
Emigración para extranjeros:
Si abandonan España definitivamente deberán solicitarla antes de salir del país.
Documentación a aportar:
Por defunción: certificado de defunción
Por emigración para extranjeros:
Impreso de comparecencia
Original o fotocopia del Documento de Identidad
Si el interesado no puede personarse, deberá aportar Impreso de comparecencia de terceros autorizados
Otros datos de interés
En el caso de defunción, los herederos de la persona fallecida están obligados a presentar la Declaración de Plusvalía.
¿Como puedo hacerlo?
De forma presencial en el Ayuntamiento de Gascones.
Cambio de domicilio en Padrón de Habitantes
Este trámite debe realizarlo cualquier persona que cambie de domicilio dentro del municipio.
Documentación a aportar:
Impreso de cambio de domicilio firmado según detalle:
Cuando el cambio se produzca para un grupo familiar completo, firmará el titular/es de la vivienda.
Cuando sólo efectúen cambio parte de las personas del grupo familiar, firmarán únicamente éstas.
Original del documento que acredite la identidad: DNI, ó Pasaporte ó Tarjeta de Residencia ó Libro de Familia para menores de edad.
Original del documento que acredite la ocupación de la vivienda: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento vigente y último recibo del pago del mismo ó factura actual de suministro de teléfono fijo, agua, luz o gas (no sirven los justificantes de las entidades bancarias).
En caso de separaciones matrimoniales, sentencia que acredite la custodia del menor/es.
Impreso de autorización, en el caso de autorizar a alguien para realizar este trámite.
Cómo puedo hacerlo
Presencial en el Ayuntamiento de Gascones.
Justificantes o certificados de empadronamiento: El padrón de Habitantes es el registro que acredita la residencia y domicilio de los vecinos del municipio, a todos los efectos administrativos. Los certificados y justificantes, se expiden en el momento.
Si algún organismo solicitara expresamente que los certificados lleven las firmas originales del Alcalde y Secretario, se expedirán en el plazo de cinco días.
Forma de iniciación: A petición del interesado
Documentación a aportar:
Original que acredite la identidad: DNI ó Pasaporte ó Tarjeta de Residencia de cualquiera de los mayores de edad que figuren en el domicilio.
Para emitir volantes o certificados de empadronamiento a personas que no consten en el mismo domicilio del solicitante, deben aportar el original del documento de identidad o autorización expresa acompañando fotocopia del documento de identidad de la persona a la que se expedirá dicho certificado o justificante.
Si el certificado solicitado hace preciso consultar el archivo general deberá solicitarlo en el modelo de solicitud de certificado de empadronamiento donde deberá reseñar el teléfono al que se le avisará para que pueda recogerlo. En cualquier caso el plazo mínimo para su expedición es de 7 días laborables.
Cómo puedo hacerlo:
Telemático: por correo electrónico facilitando los siguientes datos:
D.N.I.
Nombre y Apellidos.
Fecha de nacimiento.
Dirección en la que conste empadronado.
Organismo para el que lo solicita.
Telefónico: Pueden ponerse en contacto con el Ayuntamiento
Certificado de Fe de Vida y Estado. Solicitud
Inscripción/Solicitud: Registro Civil Único.
Importe:
Documentación: D.N.I. original u otro documento identificador.
Datos Específicos: No se puede entregar Fe de Vida y Estado a las personas que no tengan inscrito su nacimiento en el Registro Civil Español. No se entrega a extranjeros no nacidos en España y que todavía no tienen nacionalidad española.
Documentación adjunta